Normativa de Permanencia en PNFT

El Programa Nacional de Formación en Turismo tiene una normativa específica de evaluación y de permanencia en la carrera.

Algunos temas importantes:

  1. La nota mínima aprobatoria es 12 puntos (escala 1-20) salvo en Proyecto Sociointegrador cuya nota mínima aprobatoria es 16 puntos.
  2. Las unidades reprobadas con menos de 5pts deben ser cursadas de forma presencial en el trayecto inmediato siguiente. En el caso de inglés, al ser reprobada con cualquier calificación debe ser cursada de forma presencial en el trayecto siguiente sin posibilidad de cursar la unidad de idiomas del trayecto en el cual se hace la recuperación presencial.
  3. El Plan Especial de Recuperación (PER) se prevé para unidades curriculares reprobadas con calificaciones entre 6 y 11 puntos. Se realiza en el siguiente trayecto a aquél en que se reprobó la unidad curricular. Tiene una duración de 9 semanas, se realiza con el o la docente con quien fue cursada con quien se acuerda el plan de evaluación y las fechas de entrega de calificaciones, el cual se informa a Control de Estudios. No incluye clases presenciales y se pueden realizar tutorías previo acuerdo con el/la docente responsable. Sólo pueden cursarse hasta tres (3) unidades curriculares reprobadas por esta vía. En caso de reprobar más de tres unidades curriculares, se cursa un trayecto con todas las unidades reprobadas.
  4. El Régimen Especial Tutoreado (RET), sólo es aplicado en caso de estudiantes con grado en el trayecto en el cual se aplicará. Tiene una duración de doce (12) semanas, se aplica por parte del/la docente que la haya impartido en el trayecto inmediatamente anterior. Puede incluir asesorías de considerarse necesario previo acuerdo entre estudiantes y docentes. Cuenta con un plan de evaluación particular establecido entre docente y estudiante e informado a Control de Estudios.
  5. La realización del servicio comunitario no es requisito para la realización de las prácticas profesionales, sin embargo, se anima a realizar dicha actividad durante los primeros meses del trayecto II en función de atender todas las actividades relativas al mismo con suficiente antelación para el grado al término de dicho trayecto.

Para mayor información puede consultarse:

  1. Normativa de permanencia en PNFT
  2. Gaceta Oficial con normativa de evaluación para los PNF
  3. Resolución sobre PER
  4. Resolución sobre RET
  5. Resolución sobre recuperación de idiomas